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Noticia Ampliada

  • 28/11/2024
  • Informe semanal Trivia [Servicios Profesionales] - síntesis de noticias legales/impositivas.

Semana del 20 al 25 de abril

* Novedades

- 23/4. Actualidad Laboral. Novedades Salariales y de la Seguridad Social. Se publicaron los videos, a modo de anticipo, de la reunión del 20 de abril de 2009.
Los principales temas tratados fueron los siguientes:
• Presentación
• Jornada Parcial (Ley 26474)
• Preguntas y Respuestas: Jornada Parcial • Blanqueo: Comentarios desde la óptica laboral • Preguntas y Respuestas: Blanqueo y Jornada Parcial • Regularización Laboral • Aplicativo SICOSS Versión 32 • Repaso Mi Simplificación • Trabajo eventual y a tiempo parcial • Preguntas y Respuestas

- Ganancias Personas Jurídicas. Versión 8.0 Release 2 Este aplicativo permite a las Sociedades presentar una declaración jurada, que contendrá datos identificatorios, materia imponible, determinación del impuesto y saldo a ingresar. El mismo permite:
liquidar el impuesto por rubro de bienes situados en el país y/o en el exterior con el fin de establecer el impuesto determinado. Esta declaración jurada debe ser presentada hasta la fecha de vencimiento, en los lugares y formas habilitadas según el tipo de contribuyente, evitando multas por falta de cumplimiento a las obligaciones formales y materiales. Generar la Declaración Jurada en papel (F. 713) y disquete, el que será validado y capturado a través de los distintos medios habilitados por la AFIP.
Novedades: Se solucionó un error en el cálculo del Impuesto Liberado.
Requiere SIAP.

- Vencimientos Mayo 2009

* Destacados.

- AFIP. Programa IVA y Vuelta: Prórroga primer sorteo.
La AFIP informó que el primer sorteo ordinario será realizado el día 29 de mayo de 2009, en lugar del 24 de abril. Más información: Res. Gral. 2597/09

- SRT. Superintendencia de Riesgo del Trabajo: Ventanilla electrónica.
A partir del mes de junio de 2009 los empleadores quedan incluidos en el Sistema Ventanilla Electrónica. Más información: Res. 365/09

- Poder Legislativo. Régimen previsional diferencial para trabajadores de la construcción.
Se establece un régimen previsional diferencial para trabajadores de la industria de la construcción, Ley 22250, art. 1 inciso c).
Se fija una contribución adicional a la establecida en el SIPA, a cargo de los empleadores, del 2% para el primer año, 3% para el segundo año, 4% para el tercer año y del 5% para el cuarto año.
Dichos trabajadores podrán acceder al beneficio jubilatorio cuando alcancen la edad de 55 años si cumplen determinadas condiciones.
Más información: Ley 26494

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Como resultado de un acuerdo de complementación con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tiene a su cargo la distribución exclusiva de los servicios que produce a los profesionales no matriculados en este Consejo y empresas de todo el país.

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