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Noticia Ampliada

  • 30/11/2024
  • Informe semanal Trivia [Servicios Profesionales] - síntesis de noticias legales/impositivas.

Semana del 15 al 19 de febrero

* Destacados

- AFIP. Obligaciones del sistema de la seguridad social. Régimen de graduación de sanciones.
Se sustituye el texto de la RG 1566.
Se adecua el régimen de graduación de sanciones.
Se adecua el monto de las multas en función de la base imponible mínima, lo que permitirá que la multa a aplicar guarde relación con la gravedad de los hechos u omisiones que se sancionan.
Se precisa el concepto del momento de constatación de la infracción.
De aplicación para las infracciones cometidas a partir del 1° de marzo de 2010, inclusive. En tanto que para las infracciones cometidas anteriormente será de aplicación lo dispuesto en la RG 1566.
Más información: › Res. Gral. AFIP 2766/10

- AFIP. Factura Electrónica: Codificación de las operaciones efectuadas.
Se establece un régimen especial para la emisión y almacenamiento de comprobantes que permita la identificación de los sujetos intervinientes en las operaciones efectuadas y datos de las mismas.
La confección de los comprobantes electrónicos podrá realizarse a través del intercambio de información vía Web o a través de servicio denominado Comprobante en Línea si la emisión anual de documentos no supera los 2400 comprobantes.
Se establecen las características que deben contener los comprobantes y el procedimiento para el otorgamiento por parte de la AFIP del Código de Autorización Electrónico. Más información:› Res. Gral. AFIP 2757/10

- AFIP. Procedimiento tributario. Régimen de información de participaciones societarias.
Se ordena y actualiza en un solo cuerpo normativo el régimen de información sobre participaciones societarias, Res. Gral. DGI 4120.
Quedan obligados a informar de acuerdo a la nueva normativa todas las empresas y asociaciones empresarias reguladas por el art. 49 inc. a) y
b) de la ley del Impuesto a las Ganancias, salvo las empresas unipersonales, las cooperativas y los fideicomisos.
Para ello deberá utilizarse el aplicativo AFIP DGI - Participaciones Societarias, Fondos Comunes de Inversión y Fundaciones y Asociaciones Civiles Versión 3.0.
Vigencia a partir del 1° de abril de 2010, inclusive.
Más información: › Res. Gral. AFIP 2763/10, › Res. Gral. DGI 4120

- AFIP. UTE. Régimen de retención para el ingreso de contribuciones patronales.
Se dispone el procedimiento aplicable a las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) y las pautas para los agentes de retención para la imputación y distribución de las retenciones a practicarse.
Se establece el procedimiento que deberán observar las UTE que, al concluir sus operaciones, tengan saldo a favor por retenciones sufridas no compensable con sus propias contribuciones, para solicitar su transferencia a las empresas integrantes.
Vigencia a partir del 11 de febrero de 2010 inclusive y será aplicable para los pagos que se realicen a partir de la fecha de su vigencia, inclusive, aunque correspondan a conceptos u obligaciones devengados con anterioridad a dicha fecha, así como para las solicitudes de transferencia de saldo favor que se presenten a partir de dicha fecha.
Más información: › Res. Gral. AFIP 2761/10

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